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El 'Joker de Campillos'

Nos metemos en la mente del 'Joker de Campillos', el "monstruo" que ha vuelto del destierro

Analizamos el comportamiento del 'Joker de Campillos' el presunto delincuente reincidente que tiene atemorizado a una localidad entera.

El 'Joker' de Campillos

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Tanto la Guardia Civil como la Policía Local lo consideran "extremadamente conflictivo". En su currículo acumula hasta 80 antecedentes entre los que se incluyen desde amenazas de muerte a los agentes y familiares hasta el quebrantamiento reiterado de las órdenes de alejamiento.

"Te voy a cortar el cuello", "matar a palos", "quemar la casa con ella dentro" son algunas de las amenazas que este individuo hizo llegar a Mónica, su exmujer, bien de forma telefónica o a través de sus hijos.

¿Qué es el trastorno antisocial de la personalidad?

Bajo las iniciales de A. P. G se esconde lo que muchos no dudan en llamar un auténtico "monstruo", un sujeto con "trastorno antisocial de la personalidad", pero qué es esto, es realmente una persona enferma o es que simplemente es mala persona.

Desde la Newsletter de Antena 3 recogemos las declaraciones de Beatriz de Vicente en Espejo Público para meternos en la mente de un individuo como este.

La relación de pareja con este personaje no fue siempre un calvario. La principal víctima de esta pesadilla, Mónica, recuerda que los primeros años con él "no fueron malos".

Llegaron a Campillos en el año 2000 y allí montaron lo que iba a ser el negocio familiar, una pescadería. Tuvieron 3 hijos y fue después de unos años cuando ella advirtió que "iba faltando dinero, que iba mucho de cacería, muchas entradas y salidas". El detonante fue cuando le 'detectaron un papiloma y ya empecé a sospechar, porque yo no había tenido relaciones con nadie, a raíz de ahí, empecé a investigar y a averiguar cosas y cosas hasta que llegó el momento en el que me vi fuerte y decidí romper con la relación'.

El divorcio lo firmaron en 2024, pero lejos de llegar la calma fue el principio del calvario. "Todo lo que quería era dinero, de hecho se quedó con todo", cuenta Mónica en Espejo Público.

Fue cuando a él se le acabó ese dinero cuando volvió a la carga. En noviembre del año pasado, Mónica lo denunció por amenazas de muerte. En un juicio rápido lo condenaron a 6 meses de cárcel y a una orden de alejamiento de ella de 500 metros.

Mónica relata que no cumplió ese alejamiento, un día se presentó en la casa y mientras ella estaba dentro "rompió los cristales". No fue la única vez que quebrantó dicha orden, en uno de esos episodios volvió a los tribunales.

¿Existe la orden de destierro en España?

A principios de este año, cuando los agentes volvieron a detenerlo, él los agredió y amenazó. La jueza emitió una orden en la que se le prohíbe 'residir y acudir' en las localidades de Campillos y Sierra de Yeguas.

También incumplió esta orden de destierro volviendo a ser puesto a disposición judicial. Se decretó su ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza, pero su defensa recurrió y el juez acordó la puesta en libertad provisional. Además, la Audiencia Provincial revocó la orden de destierro y le pusieron la pulsera telemática, como única medida de control. Posteriormente la jueza dictaba prisión provisional, comunicada y sin fianza.

No es habitual que un juez condene a alguien al destierro. De hecho si somos puristas el destierro desapareció de la legislación penal en 1995. Fue sustuido por una pena parecida, "la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años" que se especifica en el artículo 33 del Código Penal y está considerada como pena grave. Su contenido está especificado en el artículo 48 donde se expone: "La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. En los casos en que exista declarada una discapacidad intelectual o una discapacidad que tenga su origen en un trastorno mental, se estudiará el caso concreto a fin de resolver teniendo presentes los bienes jurídicos a proteger y el interés superior de la persona con discapacidad que, en su caso, habrá de contar con los medios de acompañamiento y apoyo precisos para el cumplimiento de la medida".

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